Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 16-06-2011

Ref. Expte. Nº 172722-T-11.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 632

Art. 1).- AUTORÍZASE a la EMPRESA TELECOM ARGENTINA S.A. para la ejecución de trabajos en la vía pública referidos para la construcción de cañería subterránea en vereda dentro del área de la central Esperanza.

La obra civil comprende la construcción en total de aproximadamente 220 metros de cañería subterránea en vereda Oeste de calle 99- Sarmiento a la altura del 199/2100, 50 metros en ambas veredas de calle 100- Avda. Córdoba al 2100, y 2 cámaras tipo DV4 en la intersección con calle 100- Avda. Córdoba y 2 cámaras tipo DV6 con calle 102- A. Castellanos. Además se construirá la ampliación de un tramo de cañería entre Armario y poste existente en calle 106- Castelli Nº 1595.

Las tapadas en veredas será de 0,80 m. debiéndose reponer el solado existente en la totalidad de la traza. Los cruces de calzada se realizarán con tunelera y en todos los casos con una tapada de 1,20 m.

Los trabajos consisten en corte y demolición de vereda, excavación, y tendido de cañería (ductos de PVC) paralelo a la línea de edificación dentro del primer tercio de vereda salvo situaciones puntuales. Luego se deberá proceder al relleno y compactación de la zanja con reparación de veredas, calzadas y limpieza de la zona de trabajo, debidamente señalizado desde su inicio.

Previo a la excavación para la instalación de los conductos, la empresa ejecutora deberá disponer de los mosaicos o baldosas símil originales necesarias para la restauración inmediata de las veredas.

De acuerdo con lo informado por la Oficina Técnica y Proyectos foja 10, la obra no presenta ningún impedimento técnico para su ejecución.

Art. 2).- La Empresa Telecom Argentina S.A. será la única responsable por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04) y la Ordenanza Nº 2762/89.

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Junio 16 de 2011.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.