Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 22-09-2011

Ref. Expte. Nros. 153826-P-09, 170057-G-11 y 171355-R-11.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 637

Art. 1).- AUTORÍZASE a los Sres. MARIANO GRISONI, DIEGO GRISONI Y ANDREA GRISONI, al Ingeniero Civil AGUSTÍN R. GÓMEZ y al Ingeniero en Construcciones JOSÉ E. PASSERINO, de quienes los primeros, contrataron sus servicios para efectuar trabajos en la vía pública, consistentes en la ejecución de la RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE para brindar el servicio al loteo comprendido entre las calles 103- Belgrano entre 134- Terragni y 132- De las Naciones de la Ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

La traza del proyecto consiste en la instalación de una cañería de PVC de 98,8 m. de longitud, de Ø 75 mm., ubicado a 3,50 m. paralelo a la línea de Edificación Municipal, con una tapada mínima de 1,20 m.

El movimiento de tierra es de aproximadamente 65 m3 y el mismo se realizará con pala excavadora.

Los empalmes con la red existente se realizarán en la esquina de calle 103- Belgrano y 134- Terragni, y en la esquina de 103- Belgrano y 132- De las Naciones.

Las conexiones de cada parcela serán realizadas a pedido y costos de cada futuro frentista.

El proyecto incluye rotura, señalización y reparación de veredas y pavimento, cuando ello resulte necesario.

Como obra civil que se debe considerar a los efectos de la afectación de las retenciones que rigen en la Ordenanza Nº 3101/96, se toma la excavación para el tendido de la cañería para el suministro de agua más los accesorios, tapado, compactación, reparación de veredas y calzada de hormigón si lo hubiere y colocación de hidrantes y accesorios.Se adjunta plano de foja 4 que forma parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que se pudieren ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 22 de 2011.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.