Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 29-09-2011

Ref. Expte. Nº 164845-T-10.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 641

Art. 1).- AUTORÍZASE a la EMPRESA TELECOM ARGENTINA S.A. y a la Empresa, INGENET S.R.L. de quien la primera contrató sus servicios, para la ejecución de trabajos en la vía pública referidos a la ampliación del Plantel Exterior, tendido de Fibra óptica en la ciudad de Esperanza con vinculación a obras de la localidad de Franck y San Jerónimo Norte.

El trabajo consiste en la construcción de un total de 2219 metros de cañería subterránea. El inicio se ubica desde la cámara existente en calle 112- Avellaneda (vereda Sur) y 109- R. Peña (vereda Este), hacia el Sur por esta vereda de 109- R. Peña; realización de pozo de operaciones en la esquina de 9 de Julio (Norte), cruce de calle acometiendo en cámara existente en esquina 114- 9 de Julio (Sur). Continua por 109- R. Peña (Este) acometiendo en pozo de operaciones a realizar en esquina 116- López y Planes (Sur), cruce de esta calle acometiendo en cámara existente en esquina 109- R. Peña (Este) y 116- López y Planes (Sur). Luego sigue desde esta cámara por calle 116- López y Planes (Sur), acometiendo en cámara DV5 a construir en esquina (S.O.) de 111- Alte. Brown y 116- López y Planes y desde ésta por 111- Alte. Brown (Oeste), pozo de operaciones a realizar en esquina 118- Dr. Gálvez (Norte), cruce de esta calle por vereda Oeste, y pozo de operaciones en esquina de calle 120- Alvear (Oeste).

Luego se hace el cruce de Paso a Nivel de vías FFCC, actualmente sin funciones, acometiendo en cámara tipo DV5 a construir en calle 111- Alte. Brown esquina 120- Alvear (tramo al Sur de vías) en su lado Oeste. Para la autorización de dicho cruce bajo zona de influencia de las vías de ferrocarril, la Empresa recurrente ha gestionado su habilitación en la Sociedad Operadora de Emergencia S.A. acompañando copia de la misma. Continua con cruce de calle 120- Alvear, cruce de calle 122- Balcarce, 124- Pringles y 126- Las Heras con pozos de operaciones previos. En esquina de 111- Alte. Brown y 124- Pringles (lado Oeste) se construirá una cámara tipo DV5. De igual forma se hace cruce de calle 128- Soler con pozo de operaciones en esquina 128- Soler y 111- Alte. Brown y ejecución de cámara tipo DV5 en esquina Suroeste de 128- Soler y 111- Alte. Brown (vereda Sur). Luego desde esta DV5, cruce de calle 111- Alte. Brown, continuando por vereda Sur de calle 128- Soler, cruce de calle 113- Schneider, cruce de 115- 1º de Mayo (previa colocación de cámara premoldeada y realización de pozo de operaciones), cruce de calle 117- Dr. Rohmang, y luego 119- Gdor. Pujol (previa colocación de cámara premoldeada), cruce de calle acometiendo en cámara premoldeada a colocar en esquina 125- Rafaela; cruce de esta calle y cruce de calle 129- Vélez Sarsfield, continuando por calle 128- Soler vereda Sur realizando pozo de operaciones en intersección con 131- Pte. Roque Saenz Peña. Luego por esta calle colectora se hace acometida en cámara premoldeada ubicada a 50 metros al Sur de calle 128- Soler.

Se realizarán los cruces de calles con máquina tunelera y manualmente en los tramos que así lo requieran, como ser en lugares particulares de la zona urbanizada o donde se encuentren subterráneos de otros servicios de infraestructura. En los cruces de calzadas y sobrepasando el ancho de éstas se protegerá el conducto que contiene el servicio con hormigón colado in situ en un espesor de 20 cm.

Se le solicitará a la empresa la colocación de hitos de hormigón en cantidad a determinar en obra, cartelería de señalización de las instalaciones subterráneas, cinta de tendido subterráneo y toda la señalización preventiva necesaria en la etapa de ejecución.

Previo al inicio de los trabajos de excavación la empresa ejecutora deberá presentar indefectiblemente las constancias de datos y permisos sobre interferencias de otros servicios de infraestructuras que pudieran existir en la zona de obra, Red de Gas Natural (SAPEM), Agua Potable y Cloacas (AGUAS SANTAFESINAS), Red de Energía Eléctrica (EPE), Fibras ópticas de otras empresas.

Cuando la firma responsable de la ejecución de los trabajos haya dado finalización a la obra, entendiéndose por tal, la restitución de todos los elementos afectados por la realización de las obras a su condición original, comunicará por escrito su finalización y adjuntará los planos conforme a obra lo que permitirá lograr los cuidados necesarios en futuras intervenciones de otros servicios.

Como obra civil se considera la excavación para el tendido de aproximadamente 2219 metros de cañería subterránea, tapada, compactación y retiro de material sobrante, la construcción de cámaras normalizadas. Se adjuntan planos de fojas 6, 7 y 8 que forman parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 29 de 2011.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.