Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 24-11-2011

Ref. Expte. Nº 176981-R-11.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 648

Art. 1).- AUTORÍZASE al Ingeniero Electricista DANIEL ALCIDES REY, en representación de la titular del predio Sra. MABEL ROSALÍA PAULI, para ejecutar la obra de electrificación para dotar de ENERGÍA ELÉCTRICA E ILUMINACIÓN al loteo ubicado entre las calles 90- Paraguay y 92- Brasil ambas entre 147- Reant y 149- Carrel; 149- Carrel entre 90- Paraguay y 92- Brasil, y 147- Reant entre 90- Paraguay y 32 metros al Sur de 92- Brasil, de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

Para la realización de este nuevo loteo se partirá de un puesto aéreo de 160 kVA 13,2/0, 400-0, 231 kV según típico TN-501 existente, donde se colocará una salida de baja tensión con sus seccionadores fusibles MN239.

La línea de baja tensión comienza en el PAT existente, la misma sigue por calle 149- Carrel hacia el Sur por vereda Oeste hasta calle 92- Brasil, en los cruces con las calles 90- Paraguay y 92- Brasil se realiza una derivación hacia el Oeste con una longitud de 90 metros y otra de 70 metros respectivamente, ambas sobre la vereda Sur; sobre calle 147- Reant se realizarán dos tendidos de una longitud aproximada de 130 metros  sobre la vereda Oeste y otro de 75 metros sobre vereda Este.

Para el armado se proyectó usar los soportes retención según típicos TN-103l  y postes de suspensión según TN-108f, el cable es del tipo preensamblado de aluminio de 3 x 70 + 1 x 50 + 1 x 25 mm²  de sección.

La longitud del tendido de baja tensión es de 520 metros. Para el tendido se utilizarán 600 metros de cable preensamblado ya que es necesario darle una flecha suficiente para no sobrepasar la tensión admisible del conductor suspendido, incluyendo además el cable necesario para realizar puentes de interconexión.

Para la obra de Alumbrado Público se propone la colocación de 15 columnas de alumbrado con lámpara de vapor de sodio de 150 W.

Los típicos constructivos son los aportados por la Empresa Provincial de la Energía y la construcción se realizará con material normalizado por ésta. Todas las estructuras se colocan salvando ochavas. Se adjuntan planos de fojas 10 y 29  que forman parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Noviembre 24 de 2011.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.