Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 31-10-2013

Ref. Expte. Nº 199752-G-13 y adjto. Nº 196018-M-13.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 722

Art. 1).- AUTORÍZASE a las Sras. Claudia Dina López, Paula Valentina Illescas y Lisandro Joaquín Illescas y al Ingeniero Civil AGUSTÍN GÓMEZ, de quien contrataron sus servicios, para efectuar trabajos en la vía pública, consistentes en la ejecución de la RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE, para brindar el servicio al loteo ubicado en calle 20- Las Tunas entre calles 97- Moreno y 99- Sarmiento de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

La instalación de las cañerías de PVC clase 6, de Ø 110 mm. comprende una longitud total de 96 metros, y 183 metros en Ø 75mm y colocación de accesorios según requerimientos de la empresa Aguas Santafesinas S.A.

El empalme a la cañería existente se hará en (1º) intersección de calle 18- Franck y 97- Moreno y (2º) en la intersección de las calles 18- Franck y 99- Sarmiento. El movimiento de tierra (excavación, tapado y compactado) se estima en 65 m³, indicándose como espacio permitido para la ubicación del conducto en el tercio externo del área de vereda (sugerido a 3,70 m. a contar desde la línea de edificación) y a una profundidad de excavación 1,20 metros. Se prevé además la provisión y colocación de conexiones domiciliarias en cada parcela.

Como obra civil que se debe considerar a los efectos de la afectación de las retenciones que rigen en la Ordenanza Nº 3101/96, se toma la excavación para el tendido de la cañería para el suministro de agua más los accesorios, tapado, compactación, reparación de veredas y calzada de hormigón si lo hubiere. Se adjunta plano de fojas 3 del Expte. Nº 199752-G-13, que forma parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Octubre 31 de 2013.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.