VISTO:
El expediente de la referencia, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal mediante el Decreto Nº 12.199, OBSERVA TOTALMENTE la RESOLUCIÓN Nº 763 sancionada el 01-07-2015.
Que la Resolución Nº 763/15 dispone la apertura de calle 121- Maipú, entre calles 86- A. Aufranc y 80- Almafuerte, y a su vez deroga la Minuta de Comunicación Nº 505/14.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal veta totalmente la citada normativa, fundado dicho veto en el aspecto formal, menospreciando así la capacidad legislativa de este Órgano en lo referente a los modos y procedimientos utilizados al legislar.
Que el Concejo Municipal, cabe aclarar, que a través de numerosas Resoluciones dispuso y autorizo al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar determinados actos administrativos.
Que el Reglamento Interno del Concejo Municipal desde el Art. 81) al Art. 85) establece la forma de presentación de los proyectos a sancionar, y si bien es cierto que el Proyecto de Ordenanza refiere específicamente a normas de carácter general y permanente, ello no es obstáculo alguno para que a través de una Resolución que el citado Reglamento establece como: toda proposición que tenga por objeto otorgar autorizaciones, disponer la realización de obras e imputaciones…, que en el caso que nos ocupa la autorización fue dada para proceder a la apertura de calle Maipú, lo que de ninguna manera se constituye en un obstáculo para sancionar con posterioridad y con carácter permanente la respectiva Ordenanza que establezca la apertura, cuya traza urbana se encuentra aprobada por Ordenanza Nº 3370/03.
Que el Decreto Nº 12.199/15, emanado del Departamento Ejecutivo, formalmente no cumple con el Art. 2) de la Ordenanza Nº 3083/95.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere el primer párrafo del inc. 12) del Art. 39), siguientes y concordantes, de la Ley Nº 2756 corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN Nº 768
Art. 1).- RECHÁZASE, el Decreto Nº 12.199/15 y confirmase la Resolución Nº 763/15.
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Septiembre 24 de 2015.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Prof. GABRIELA F. de OGGIONI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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01-07-2015 | Resolución Nº 763 |