Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 09-03-2017

Ref. Expte. Nº 229561-R-16.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 807

Art. 1).- AUTORIZASE al Ingeniero Electricista Daniel Alcides Rey, en representación del titular del predio Sr. ROSENDO ZEQUÍN, para la ejecución de trabajos en la vía pública, consistentes en la PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA al loteo ubicado entre las calles 101- Corrientes, 99- Entre Ríos, 154- F.L. Oliva y 156- C. Montalbetti de esta ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe.

Se trata del tendido de la Red de Baja Tensión para suministrar Energía Eléctrica al loteo ubicado sobre calles 101- Corrientes, 99- Entre Ríos, 154- F.L. Oliva y 156- C. Montalbetti.

Se realizará un tendido con cable preensamblado de aluminio de 3x95 + 1x50 + 1x25 mm2 sobre calle 150- A. Cattáneo desde subestación transformadora de 160kVA existente ubicada a 40 metros de calle 99- Entre Ríos hacia el Este sobre vereda Sur con longitud aproximada de 65 metros. Se reemplazarán los postes de madera existentes por postes de Hormigón adecuados al doble tendido. Este conductor se unirá al tendido de preensamblado existente sobre calle 99- Entre Ríos vereda Oeste, el cual continúa hasta calle 156- C. Montalbetti.

Se realizará un nuevo tendido sobre calle 156- C. Montalbetti entre calles 99- Entre Ríos y 101- Corrientes sobre vereda Norte con una longitud de aproximadamente 90 metros, otro tendido sobre calle 99- Entre Ríos al Norte de calle 156- C. Montalbetti con una longitud aproximada de 44 metros.

En la estación transformadora se colocarán fusibles MN239 con fusibles NH125A.

Para el armado se proyectó usar los soportes retención con poste de hormigón armado (TN-103l) y postes de madera (TN-108f), el cable es del tipo preensamblado de aluminio de 3x70+1x50+1x25 mm2 de sección.

Para determinar la longitud necesaria de cable se debe agregar al tendido lineal un 5% del mismo para generar la flecha necesaria para la reducción del tiro hasta valores nominales, a los cuales además se deben agregar también unos metros más con los cuales se harán los puentes y rulos, dando un total de 160 metros de preensamblado de aluminio de 3x70+1x50+1x25 mm2 y 70 metros de preensamblado de aluminio de 3x95+1x50+1x25 mm2.

Los típicos constructivos son los aportados por la E.P.E. y la construcción se realizará con material normalizado por ésta.

La obra terminada, será donada sin cargo alguno a la Empresa Provincial de la Energía.

Una vez aprobado el proyecto se realizará el pedido de inspección para la verificación de los materiales y el planteo de obra.

Se deberán retirar las planchetas de interferencias de obras de “Aguas Santafesinas S.A., de la red de gas natural SAPEM y Fibras Ópticas existentes.

Luego de formalizada la recepción definitiva de la obra, la misma se donará a la Empresa Provincial de la Energía. Se adjuntan planos de fojas 15 y 26, que forman parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad técnica expedida por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Marzo 09 de 2017.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     N. ANDREA MARTÍNEZ
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.