Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 28-12-2017

Ref. Expte. Nros. 212179-C-14, 212685-P-14, 223287-A-15, 224176-R-15, 225339-R-16, 230478-T-16, 234971-N-17, 226572-R-16, y 235421-D-17.-

VISTO:

Los expedientes de la referencia, y

CONSIDERANDO:

Que todos los casos planteados en estos actuados, no fueron ingresados en el marco de la Ordenanza Nº 3686/12.

Que se trata de regularizaciones de planos que tienen transgresiones urbanísticas y edilicias que no son redimibles con el pago de una multa sobre el derecho de edificación.

Que la Comisión de Estudio del Reglamento de Edificación dictaminó en julio de 2017, que no tiene atribuciones para resolver respecto de transgresiones urbanas, como ocurre en cada uno de los casos de los expedientes citados.

Que obra en cada uno de los expedientes de la referencia dictamen legal de la Asesoría Letrada del Municipio, donde expresa que Departamento Ejecutivo Municipal no tiene atribuciones para hacer excepciones.

CAPITULO X DISPOSICIONES GENERALES - Punto 10.1.0 del Reglamento Municipal de Edificación (Ordenanza Nº 2382/82 y sus modificatorias), donde faculta a la Secretaria de Obras Públicas, a través de sus Departamentos Técnicos a resolver los casos no previstos en dicho Reglamento, ajustándose a las reglas de seguridad, higiene, urbanismo y arte del buen construir.

Que asimismo se conformó oportunamente la Comisión Evaluadora creada por Ordenanza Nº 3686/12, con la participación de representantes de este Concejo Municipal y miembros de la Secretaria de Obras Publicas y del Departamento Planeamiento, la que de considerarlo oportuno, se podría convocar para colaborar en la resolución de los presentes casos.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, en su Artículo 39 inciso 11, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 839

Art. 1).- DISPÓNESE que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Obras Públicas, analice y resuelva los expedientes de la referencia; aplicando las facultades que le otorga el CAPITULO X DISPOSICIONES GENERALES - Punto 10.1.0. del Reglamento Municipal de Edificación (Ordenanza Nº 2382/82 y sus modificatorias).

Art. 2).- DISPÓNESE que la Comisión Evaluadora creada por la Ordenanza Nº 3686/12 analice y resuelva los expedientes de la referencia.

Art. 3).- ESTABLÉCESE que de existir otros expedientes de similares características, que aún no fueron elevados al Concejo Municipal, se proceda de la misma forma prevista en los Arts. 1) y 2) de la presente.

Art. 4).- DISPÓNESE que resueltos que sean los casos por aplicación de los Arts. 1), 2) y 3) se eleve el listado al Concejo Municipal para su conocimiento y demás efectos.

Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Diciembre 28 de 2017.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.