EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
DECRETO Nº 179
Art. 1).- SOLICÍTASE a la Dirección General de Comercio Interior la presencia periódica de funcionarios idóneos para la atención y resolución de los reclamos que efectuaren los vecinos en el marco de la Ley Nacional Nº 24240, y Decreto Provincial Nº 0850/94, Leyes y/o Resoluciones y/o Decretos complementarios.
Art. 2).- DISPÓNESE para el funcionamiento de lo previsto en el Art. 1) del presente, el ámbito físico del Concejo Municipal en el horario que a tal efecto se coordine con dicha Dirección.
Art. 3).- DESE amplia difusión y evacúese todo tipo de consultas referidas a la recepción de inquietudes o reclamos de los vecinos que se encuentren encuadrados en la ley de referencia.
Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Noviembre 26 de 2001.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | CARLOS ANTONIO CATENA | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |