EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
DECRETO Nº 304
Art. 1).- CRÉASE en el ámbito del Concejo Municipal la denominada “JUNTA BARRIAL DE SEGURIDAD”.
Art. 2).- La “JUNTA BARRIAL DE SEGURIDAD” estará integrada por una Comisión Ejecutiva, presidida por el Presidente del Concejo Municipal de la ciudad y demás Concejales de dicho Cuerpo Legislativo; Presidente de la Vecinal del barrio o distrito donde se realice la reunión oportunamente programada y/o quien dicha vecinal designe formalmente en su representación; Jefe y Sub-Jefe de la Unidad Regional XI y/o quienes éstos designen fehacientemente en su reemplazo.
Art. 3).- Dicha Junta se reunirá periódicamente en los distintos barrios de la ciudad fomentando el diálogo directo entre sus representantes y los vecinos que asistan a la misma.
Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Octubre 06 de 2016.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Lic. CRISTIAN RICARDO CAMMISI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |