VISTO:
Los expedientes Nros. 231888-C-17 y 232386-C-17, y
CONSIDERANDO:
Que los actuados aluden a los Bonos Especiales no Remunerativos Fijos acordados con relación a la política salarial vigente en las audiencias celebradas en fechas 03/12/2016 y 23/03/2017 en la Secretaria de Regiones, Municipios y Comunas.
Que teniendo en cuenta el Art. 6).- de la Ordenanza Nº 3666/11, Ordenanza Nº 2926/92, Resolución Nº 23 Bis/87 y el Decreto Nº 15/84 emanados del Concejo Municipal.
Que debe tenerse en cuenta el Art. 1).- de la Ordenanza Nº 2926/92 que establece el método para la determinación de remuneraciones de los integrantes del Departamento Ejecutivo y demás funcionarios debiendo tomarse como base la asignación de la máxima categoría más los complementos remunerativos o no que corresponde, y siendo que el Art. 2).- de la Resolución Nº 23 Bis/87 dispuso como dieta y gastos de representación de los Sres. Concejales el total equivalente al 50% de la retribución que por todo concepto perciba el Sr. Intendente Municipal, debiendo ser imputado el 50% a dieta y el resto a gastos de representación, y el Art. 3).- establece un 10% más para quien ocupe la Presidencia del Cuerpo.
Que el Decreto Nº 15/84 legisla con relación a la remuneración del cargo de Secretario del Concejo Municipal.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756 y la Ordenanza Nº 3666/11 corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
DECRETO Nº 310
Art. 1).- DISPÓNESE la aplicación en el ámbito del Concejo Municipal de lo acordado en las audiencias celebradas en fechas 03/12/2016 y 23/03/2017 en la Secretaria de Regiones, Municipios y Comunas en lo que respecta a la liquidación de los Bonos Especiales no Remunerativos Fijos y en los que un futuro pudieren acordarse en el marco de la paritaria municipal.
Art. 2).- Lo dispuesto en el Art. 1) del presente deberá aplicarse a los funcionarios contemplados en la Resolución Nº 23 Bis/87 y el Decreto Nº 15/84, en un todo de acuerdo con la Ordenanza Nº 3666/11.
Art. 3).- Los gastos que demanden el cumplimiento del presente serán imputados a la Partida 01- Personal del Presupuesto General de Gastos del Concejo Municipal, Ejercicios 2016 y 2017.
Art. 4).- NOTIFÍQUESE a los interesados y ARCHÍVESE con sus antecedentes.
Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Mayo 03 de 2017.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | N. ANDREA MARTÍNEZ | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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29-03-1984 | Decreto N° 15 |