Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 22-04-1993

VISTO:

La necesidad de implementar la campaña de vacunación antirrábica para perros y gatos, y

CONSIDERANDO:

Que existen regiones en el país de diferentes niveles de riesgo de aparición de enfermedades en poblaciones animales.-

Que nuestra región se encuentra en el área de bajo riesgo.-

Que no obstante ello es necesaria la cobertura inmunitaria de la población canina y felina como única forma de asegurar el control de la difusión en el caso de ingreso de un animal con la enfermedad en la zona.-

Que la misma debe ser gratuita y obligatoria para todos los propietarios, según lo dispuesto por el Decreto-Ley 06150/63.-

Que es imprescindible su realización para asegurar la salud de la población.-

Que asimismo es igualmente necesario para garantizar la salud de los animales.-

Que dicha campaña no se implementó en el año 1991, ni en 1992 en nuestra ciudad, por falta de provisión de vacunas.-

Que el Estado Provincial a través del Centro Antirrábico de Santa Fe debe proveer las vacunas conforme lo establece el Art. 8º del Decreto-Ley Nº 06150/63.-

Que la responsabilidad de implementarla corresponde al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social de la Provincia en concordancia con la Municipalidad.-

Que asimismo debe proveer, sin cargo, las vacunas correspondientes para asegurar su realización.-

Que a raíz de la inquietud manifestada por vecinos de esta ciudad se hace imprescindible la puesta en marcha de la misma, la cual se llevaba a cabo con la colaboración de la Facultad de Agronomía y Veterinaria.-

Que es obligación del Estado Provincial y Municipal velar por la salud de la población.-

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.-

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 108

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, gestione ante quien corresponda la implementación de la campaña de vacunación antirrábica para perros y gatos en el ámbito del Distrito Esperanza.-

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

SALA DE SESIONES, Abril 22 de 1993.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     HORACIO ISIODORO GAY
Secretaria     Presidente H.C.M.