Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 28-09-2000

VISTO:

Los transformadores que posee la Empresa Provincial de la Energía en nuestra ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que los medios de prensa nacionales alertaron sobre casos de contaminación en la localidad de Del Viso en la provincia de Buenos Aires.

Que el agente contaminante es una sustancia o elemento llamado PCB -que significa bifenilo ploriclorado- y es una sustancia compuesta por cloro, carbón e hidrógeno, que según la Organización Mundial de la Salud tiene efectos cancerígenos y fue prohibido desde 1976 en los Estados Unidos y Europa, siendo uno de los 12 contaminantes más peligroso del mundo que deben desaparecer.

Que dicha sustancia estaría contenida en dichos transformadores, los cuales utilizan a su vez aceite como refrigerante, y en el caso de la contaminación en Del Viso el aceite tenía PCB como aditivo, y al derramarse el mismo dicha sustancia se propaga por las napas contaminando toda el área, siendo además muy alta su persistencia.

Que el problema mayor radica ante explosiones o incendios, dado que el PCB se transforma en un producto químico denominado dioxina o “agente naranja” que es cinco millones de veces más tóxico que el cianuro.

Que el PCB puede ingresar al cuerpo humano a través del contacto con la piel, por la inhalación de vapores o por la ingestión de alimentos que contengan residuos del compuesto; pudiendo provocar un efecto común conocido como “chloracné”, provocando además daños en el hígado y un efecto aún mayor como el cáncer.

Que se hace necesario efectuar un riguroso control de todos los transformadores que existen en la ciudad para evaluar su estado, instando a la EPE que efectúe dicha tarea y de encontrar la presencia del agente contaminante, eliminar de inmediato el mismo a fin de preservar y salvaguardar la salud de nuestra población.

Que el Concejo Municipal de la ciudad de Rafaela nos hizo llegar copia de la Minuta de Comunicación Nº 1.540 que versa en tal sentido.

Que en virtud de la facultades legislativas que le confiere  el Art. 39 inc. 62 de la ley Nº 2756 corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN  Nº 162

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal realice las gestiones tendientes a coordinar con la Empresa Provincial de la Energía el control total de los transformadores que posee dicha empresa en nuestra ciudad, ya sean los colocados y en funcionamiento como los que se encuentran inactivos o en depósito y los que se pudieren encontrar en la zona de captación de agua potable para nuestra ciudad en Esperanza, con el fin de constatar la presencia en los mismos de la sustancia contaminante denominada PCB (bifenilo ploriclorado) y determinar la incidencia contaminante de la misma en el medio ambiente.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 28 de 2000.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     CARLOS ANTONIO CATENA
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.