Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 17-11-2005

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 293

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal que a la mayor brevedad posible, informe acerca del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3129/96 y el Decreto Nº 5581/98, por parte de las confiterías bailables que existen en el Distrito Esperanza, en lo que respecta a:

1: Condiciones de salubridad, higiene y seguridad, a saber:

  • Prevención y control de incendios
  • Protección de riesgo eléctrico
  • Salidas de emergencia
  • Escaleras y rampas
  • Condiciones de salubridad
  • Condiciones de higiene

2: Molestias a fincas linderas e impacto en la zona, con particular referencia a la prohibición de la instalación de estos establecimientos a una distancia menor de 100 metros de hogares de ancianos.

3: Ruidos molestos, tomando en cuenta lo establecido en la Ordenanza Nº 2470/83, en sus puntos pertinentes.

4: Control a menores de edad.

5: Venta de bebidas alcohólicas a menores de edad.

6: Personal de seguridad.

7: Servicios de emergencias médicas y protección de la salud de los asistentes.

8: Circulación y estacionamiento.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Noviembre 17 de 2005.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     ANA ISABEL COPES
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.