Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 31-10-2019

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 4037

Art. 1).-  ENTIÉNDESE como CORREDOR O CAMINO SEGURO a las calles, COLECTORAS, avenidas, bicisendas o ciclovias, sendas peatonales, etc. debidamente señalizadas, accesibles, iluminadas, controladas, monitoreadas, que permitan una circulación más segura de los usuarios.

Art. 2).-  El Departamento Ejecutivo Municipal, con intervención de sus reparticiones competentes continuarán con la diagramación y demarcación de un sistema integral de bicisendas o ciclovias y/sendas peatonales, que puedan ser utilizadas por los niños y jóvenes que concurren a los establecimientos educativos de nuestra ciudad. A tal efecto se dará participación a directivos de escuelas, centros de estudiantes, alumnos, etc. para que hagan su aporte.

Art. 3).-  La demarcación de los Corredores Seguros desde y hacia los locales bailables ubicados sobre Rutas 6 y 70 estará a cargo del Departamento Ejecutivo. Serán complementarios de los ya proyectados (sendas peatonales desde rotonda de Ruta 6 y 70 hacia el Norte hasta calle Alem y desde la siguiente intersección hacia el Sur hasta el ingreso al Área Industrial y Corredor con semaforización inteligente de calle Amado Aufranc) y surgirán de las reales necesidades de los jóvenes que los utilizaran; para ello se llevara a cabo un análisis previo “in situ”. Se sugiere:

  • CORREDOR SEGURO PTE. ROQUE SÁENZ PEÑA (Ruta 6) Colectora SurEste: el comprendido por calle 131- Pte. Roque Sáenz Peña entre 100- Avda. Argentina hasta local bailable. (Ya proyectado).
  • CORREDOR SEGURO JUSTO JOSÉ DE URQUIZA (Ruta 6) Colectora NorEste: el comprendido por calle 125- Justo José de Urquiza entre 58- Bosch y 72- Alem. (Ya proyectado).
  • CORREDOR SEGURO JUSTO JOSÉ DE URQUIZA (Ruta 6) Colectora NorOeste: el comprendido por calle 125- Justo José de Urquiza entre 72- Alem y 86- A. Aufranc (Ruta 70). (Complementario del anterior).
  • CORREDOR SEGURO CALLE RAFAELA: el comprendido por calle 125- Rafaela entre 86- A. Aufranc y 100- Avda. Colonizadores.

Art. 4).-  En el caso de considerar el Departamento Ejecutivo Municipal que serían necesarios corredores o caminos seguros para el acceso a otros lugares de recreación, se analizará su trazado, con intervención de las oficinas técnicas competentes.

Art. 5).-  El Departamento Ejecutivo Municipal realizará la mayor difusión posible, a través de los medios que estime oportunos (campañas en escuelas, afiches, folletería, charlas, etc.) a fin de concientizar a niños y jóvenes sobre la conveniencia de utilizar estos Corredores, para sus traslados.

Art. 6).-  AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente.

Art. 7).-  Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Octubre 31 de 2019.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.