Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Bloque Cambiemos 25-07-2018

Proyecto de Ordenanza sobre la remuneración mensual percibida por el Intendente Municipal, Secretarios Municipales y Concejales de la ciudad.

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 y la Ordenanza Nº 2926/92 y la Resolución Nº 23 bis/87,y     
CONSIDERANDO: 
Que la Ley N° 2756 en su Art. 28).- señala “Las dietas de los concejales podrán ser fijadas por el Concejo Municipal con el voto de las dos terceras partes de todos sus miembros”.  Que la Ley N° 2756 en su Art. 29).- indica: “ … El Intendente gozará de un sueldo o retribución mensual, que no será inferior en ningún caso al mayor que exista en la Municipalidad. Dicho sueldo no será aumentado ni disminuido durante el período de su mandato, salvo resolución expresa del Concejo Municipal, tomada con el voto de las dos terceras partes de sus miembros”.  Que en consonancia con los artículos citados de la Ley Orgánica Nº 2756, oportunamente el Concejo Municipal sancionó la Ordenanza Nº 2926/92 y la Resolución Nº 23 bis/87.  Que la situación socioeconómica atravesada por el país necesita que la clase dirigente política de señales concretas a la población y se adecue a ese contexto.   Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756 corresponde al Concejo Municipal sancionar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO

CONCEJO MUNICIPAL 
SANCIONA EL SIGUIENTE 
PROYECTO DE ORDENANZA Nº … 
  Art. 1).- SUSPÉNDASE hasta el 31 de Diciembre de 2018, todo incremento en la  remuneración de la retribución mensual percibida por el Intendente Municipal, Secretarios Municipales y Concejales de la ciudad.
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.