PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN "Sobre el tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos (RSU)"
VISTO:
El proyecto ingresado por el Departamento Ejecutivo Municipal del tratamiento de residuos sólidos, y
CONSIDERANDO:
Que la recolección, tratamiento, disminución y disposición final de los residuos sólidos urbanos, son una materia de responsabilidad directa del estado municipal, quien debe realizar todas las tareas, acciones y gestiones necesarias para dar una adecuada respuesta a los vecinos de la ciudad.
Que actualmente se está trabajando en el Concejo Municipal con un presentado por el Municipio sobre tratamiento de residuos sólidos urbanos para dar cumplimiento a las premisas de la política ambiental provincial y nacional.
Que para cumplir estas premisas deben generarse las siguientes acciones:
• Promover la reducción del volumen y la cantidad total de residuos sólidos urbanos que se producen
• Promover una toma de conciencia por parte de la población, respecto de los problemas ambientales y de higiene urbana que los residuos sólidos generan, y sus posibles soluciones, como así también el desarrollo de programas de educación ambiental formal, no formal e informal
• Promover el aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos
• Disminuir los efectos negativos que los residuos sólidos urbanos puedan producir al ambiente, mediante la incorporación de nuevos procesos y tecnologías limpias
• Promover la articulación con emprendimientos similares en ejecución o a ejecutarse en otras jurisdicciones
• Promover la participación de micro emprendedores en forma individual o asociada, cooperativas y empresas pequeñas y medianas y organizaciones no gubernamentales en los distintos aspectos de la gestión de los residuos sólidos urbanos
• Proteger y racionalizar el uso de los recursos naturales a largo y mediano plazo
• Incentivar e intervenir para propender a la modificación de las actividades productivas y de consumo que generen residuos difíciles o costosos de tratar, reciclar y reutilizar
• Fomentar el consumo responsable, concientizando a los usuarios sobre aquellos objetos o productos que, estando en el mercado, sus materiales constructivos, envoltorios o presentaciones, generen residuos voluminosos, costosos y difíciles de disponer
• Promover a la industria y al mercado de insumos o productos obtenidos del reciclado
• Fomentar el uso de objetos o productos en cuya fabricación se utilice material reciclado o que permita la reutilización o reciclado posterior
• Promover la participación de cooperativas y organizaciones no gubernamentales en la recolección y reciclado de los residuos, siempre y cuando esto no entre en competencia con el trabajo de los recuperadores urbanos
• Implementar gradualmente un sistema mediante el cual los productores de elementos de difícil o imposible reciclaje se harán cargo del reciclaje o la disposición final de los mismos
Que las causas y las fuentes de los problemas ambientales deben atenderse en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir.
Que son objetivos de la Política Ambiental los siguientes:
a) Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales, históricos y culturales;
b) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria; promoviendo el uso racional y sustentable de los recursos naturales;
c) Mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos;
d) Prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo local;
e) Implementar una gestión integral de los residuos procurando causar el menor impacto ambiental posible; minimizando la fracción de residuos que terminan en la disposición final;
f) Aumentar la cantidad y calidad de especies arbóreas;
g) Promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable, a través de una educación ambiental, e incentivar la participación y concientización de la comunidad fomentando la difusión de material informativo y educativo.-
h) Promover la participación ciudadana y la sinergia público-privada en la definición de políticas ambientales y su financiamiento.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO,