El referente radical explicó las “notables” diferencias con la Comisión de Seguridad del Cabildo Abierto que “fue presentada como una solución pero tiene obvias falencias”.
Sesión Extraordinaria Nº 179 Bandera: Sebastián E. Ranalletta - Hora: 09:00
La Concejal Andrea Martínez solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que gestione ante quien corresponda la colocación de un Semáforo con temporizador de cuenta regresiva y/o segunderos regresivos en la intersección de calles 105-Rivadavia y 128- Soler, con el fin de ordenar el tránsito, reducir accidentes y siniestros viales.
La Concejal Martínez solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, información respecto a la Minuta de Comunicación N° 597/20 que a continuación se transcribe: “Art.1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que gestione ante el Gobierno de la Provincia un espacio para depósito de vehículos secuestrados y/o siniestrados con las medidas de seguridad y el personal necesario para su funcionamiento, sugiriendo el predio donde se emplaza la Subcomisaría 19 de Barrio la Orilla ubicada en calles 101- Belgrano, 06-San Lino y 08-Pilar; y realice las gestiones para llevar a cabo la compactación de los vehículos depositados en este espacio y que el producido de la misma sea utilizado para realizar mejoras en el lugar.
La Concejal Andrea Martínez solicita al Departamento Ejecutivo Municipal convoque a las Comisiones que integran el COT Código de Ordenamiento Territorial (de Control y Gestión del Ordenamiento Territorial, del Reglamento de Edificación y de Defensa del Patrimonio Arquitectónico, Cultural y Local), a los miembros del Concejo Municipal, a los dueños de boliches y locales bailables y a las Vecinales reconocidas por Ordenanza para evaluar la determinación de un lugar específico donde se emplacen los boliches y locales bailables con sus respectivas medidas de seguridad para su funcionamiento.
La Concejal Martínez dispone al Departamento Ejecutivo Municipal: CRÉASE la cuenta “Provisión SAPEM para renovación de cañerías” que será incorporada en el Presupuesto Vigente y siguientes, y que estará constituida por el monto que surja de la aplicación del Art. 79) inc) f) de la Ordenanza Tributaria y sus modificatorias referido al porcentaje que el municipio cobra a las Empresas Proveedoras de Servicio correspondiente al 6% sobre el monto de facturación en concepto de Uso del Espacio Público.