Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 02-02-1984

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA EL SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 2502

Art. 1º).- A partir del día primero de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, ESTABLECESE como METODO para la DETERMINACION de las REMUNERACIONES de los integrantes del Departamento Ejecutivo el que a continuación se indica:

El Intendente Municipal percibirá una remuneración total mensual, excluido salario familiar, equivalente al 120 % de la retribución de los señores Secretarios.

Los Secretarios cobrarán una remuneración mensual total, excluido salario familiar, equivalente al 130 % del sueldo bruto (también excluido salario familiar) que corresponda percibir al agente mejor remunerado de esta Municipalidad.

Art. 2º).- En las retribuciones determinadas por el art. anterior deberá afectarse el 50 % a sueldo y el resto a gastos de representación.-

Art. 3º).- Los fondos necesarios para atender las erogaciones serán tomados de las Partidas: 01- Personal, 01- Personal Efectivo, 01- Administración y 02- Bienes y Servicios no Personales, 02- Serv. No Personales -13- Otros Serv. no Personales, 01 Administración (Presupuesto 1983 reconducido Presupuesto reformulado año 1984).-

Art. 4º).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

SALA DE SESIONES, 2 de febrero de 1984.-

ES COPIA FIEL



 
M. NORMA R. de PORTMANN     LUIS E. MACIEL
Secretaria     Presidente

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Fecha Sanción Título Observaciones Acciones
25-08-1992 Ordenanza N° 2926 Ver Ordenanza N° 2926Imprimir Ordenanza N° 2926Descargar Ordenanza N° 2926 en PDF

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