EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 2578
Art. 1º).- MODIFICANSE los puntos 81 y 90 del apartado C, del artículo 1º de la Ordenanza Nº 2520/84, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
81.- Estacionar sobre la acera, total o parcialmente:
a) Vehículos automotores (excepto motonetas y motocicletas)
o de tracción a sangre ............................................................... 4 UF
b) Bicicletas, motonetas y motocicletas ........................................ 1 UF
Quedan excluidos los casos en que el estacionamiento de bicicletas,
se efectúe en artefactos habilitados por la Municipalidad para tal
fin.-
90.- Estacionar en contramano o sobre mano que no corresponda:
a) Vehículos automotores (excepto motonetas y motocicletas) o de
tracción a sangre ..................................................................... 4 UF
b) Bicicletas, motonetas y motocicletas ...................................... 1 UF
Art. 2º).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, julio 18 de 1985.-
M. NORMA R. de PORTMANN | LUIS E. MACIEL | |
Secretaria | Presidente |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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01-03-1984 | Ordenanza N° 2520 | ||
05-05-1988 | Ordenanza Nº 2714 |