EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 2845
Art. 1).- PRORRÓGASE la vigencia de la Ordenanza Nº 2822/90, la presente regirá a partir de su promulgación y gasta la sanción de la Ordenanza de aprobación del Código de Normas de Uso, Ocupación y Subdivisión del Suelo del Distrito de Esperanza en el marco del Plan Regulador.-
Art. 2).- Las normas definitivas a que se refiere el articulo anterior podrán ser sancionadas en forma total o fraccionadas, según el orden de prioridad que se considere mas conveniente.-
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Abril 17 de 1991.-
ES COPIA FIEL
M. NORMA R. de PORTMANN | HORACIO ISIDORO GAY | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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18-10-1990 | Ordenanza N° 2822 | ||
27-06-1991 | Ordenanza N° 2856 |