Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 19-09-1995

Ref. Expte. Nº 51614-P-95.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2934/92, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Cuerpo Legislativo el expediente de la referencia relacionado con la Ordenanza Nº 2934/92 que legisla sobre el Transporte Pesado de Cargas.

Que la Dirección de Policía Municipal y el Departamento Planeamiento entienden que no resulta clara la interpretación y aplicación de la citada norma, atento a que ha sido modificada por las Ordenanzas Nros. 2961/93 y 3054/94.

Que el Concejo Municipal mediante nota obrante a fojas 6, dirigida al Intendente Municipal expresó claramente la aplicación y alcance de la Ordenanza Nº 2934/92 y sus modificatorias, pese a lo cual se continúa insistiendo sobre la oscuridad de la norma legal.

Que el Concejo Municipal, ante el pedido de realización de un texto ordenado, analizó dichas ordenanzas, entendiendo que no resulta engorrosa la aplicación de la legislación que existe al respecto, no obstante lo cual sería conveniente dictar una nueva disposición sobre Transporte Pesado de Cargas, atento a que resulta necesario modificar el Art. 2) de la Ordenanza Nº 2934/92, prohibiéndose la circulación por 100- Avda. Córdoba entre 85- A. Janssen y 73- Avda. Hohenfels y 73- Avda. Hohenfels desde 86- R. P. L. Kreder hasta 100- Avda. Córdoba.

Que asimismo ha perdido vigencia la parte dispositiva de la Ordenanza Nº 2934/92 que permitía el estacionamiento del Transporte Pesado de Cargas por el término de 180 días en determinadas calles de la ciudad.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 3071

Art. 1).- ESTABLÉCESE como transporte liviano a aquel que su capacidad de carga máxima no supere las 3,5 toneladas y transporte pesado al que sobrepase dicho tonelaje.

Art. 2).- PROHÍBESE la circulación del transporte pesado de cargas en las siguientes calles: 100- Avda. Los Colonizadores; 100- Avda. Córdoba entre 73- Avda. Hohenfels y 99- Sarmiento; 73- Avda. Hohenfels entre 86- R. P. L. Kreder y 100- Avda. Córdoba; 102- A. Castellanos entre 99- Sarmiento y 103- Belgrano; 98- 25 de Mayo entre 99- Sarmiento y 103- Belgrano; 99- Sarmiento entre 102- A. Castellanos y 98- 25 de Mayo; 103- Belgrano entre 102- A. Castellanos y 98- 25 de Mayo; 121- Avda. Maipú entre 86- A. Aufranc y 90- M. Donnet; 117- Avda. Rohmang entre 86- A. Aufranc y 88- Laprida, y en toda la traza circulatoria del Parque Nacional de la Agricultura.- En caso de imperiosa necesidad de realizar cargas y/o descargas, en las calles antes citadas, se deberá solicitar autorización a la Dirección de Policía Municipal la que evaluará el pedido y determinará, si correspondiere, el tiempo para cada caso.

Art. 3).- PROHÍBESE el estacionamiento del Transporte Pesado de Cargas en la vía pública de la ciudad de Esperanza, excepto para carga y descarga en los horarios permitidos.

Art. 4).- ESTABLÉCESE de Lunes a Domingo el siguiente horario de carga, descarga y circulación del transporte pesado:

ZONA I: Carga y Descarga: de 06:00 a 11:00 hs y de 14:00 a 17:00 hs.
  Circulación Libre:  23:00 a 06:00 hs. y en horarios de carga y descarga
ZONA II: Carga y Descarga:   05:00 a 11:00 hs. y de 14:00 a 19:00 hs.
  Circulación Libre: de 00:00 a 24:00 hs.

Art. 5).- Quedan exceptuados de la presente, los vehículos afectados a los servicios que el Municipio presta.

Art. 6).- DISPÓNESE que el Plano I TRANSPORTE DE CARGA, forma parte de la presente norma legal.

Art. 7).- DERÓGANSE los incisos a) y b) del Art. 10) del Decreto-Ordenanza Nº 1398/71, la Ordenanza Nº 2934/92, el Art. 3) de la Ordenanza Nº 2961/93 y el Art. 1) de la Ordenanza Nº 3054/94.

Art. 8).- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente Ordenanza .

Art. 9).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

 

SALA DE SESIONES, Setiembre 19 de 1995.-

ES COPIA FIEL



 
M. NORMA R. de PORTMANN     RENÉ C. GUIBERT
Secretaria     Presidente H.C.M.
 
plano

Circulacion y Estacionamiento Circulación y estacionamiento de transporte de carga pesada prohibida

Zonas ZONA 1 Carga y descarga de 6 hs. a 11 hs. y de 14 hs. a 17 hs. - Circulación Libre de 23 hs. a 6 hs. y en horario de carga y descarga. Estacionamiento prohibido excepto para carga y descarga.

        ZONA 2  Carga y descarga de 5 hs. a 11 hs. y de 14 hs. a 19 hs. - Circulación Libre de 0 hs. a 24 hs. - Estacionamiento prohibido excepto para carga y descarga

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