La Concejal Martínez solicita:
Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal que junto al Directorio de la Caja analice la posibilidad de modificar el Inc) 3) Art. 7, de la Ordenanza 3833/14, para disminuir el porcentaje que se detrae a los jubilados municipales, que se acogieron al régimen de la jubilación hasta la categoría 15 inclusive, equiparándolos a lo establecido en el segundo párrafo del mencionado artículo.
Art. 2).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal que junto al Directorio de la Caja analice para dar cumplimiento al artículo anterior que recursos se pueden incorporar a Formación del Fondo de la Caja para compensar los recursos que se detraen.
La Concejal Andrea Martínez solicita:
Art. 1).- MODIFÍCASE la Ordenanza 3833/14; CAPÍTULO III; FORMACIÓN DEL FONDO DE LA CAJA; Art. 7) El fondo de la CAJA MUNICIPAL DE PREVISIÓN SOCIAL DE ESPERANZA se formará de la siguiente manera:
2) Con el aporte mensual de los afiliados en actividad, que contribuirán con el 17% del total de sus remuneraciones. En el caso del personal identificado en el Art. 2) inc) c, el aporte se realizará sobre el 100% del total de remuneraciones que por todo concepto perciban.
La Concejal Andrea Martínez solicita:
Art.1°).- Retiro de cableado. Es obligación de las empresas prestadoras de servicios el retiro de los cables que se han dejado de utilizar, no siendo relevante la razón de su desuso.
La empresa prestadora contará con un plazo, que determinará el Departamento Ejecutivo para proceder al retiro del cableado en desuso.
Art. 2°).- En todos los casos en que la instalación, desinstalación o retiro que se trate perjudique a personas físicas o jurídicas o bienes de las mismas, él o los sujetos instaladores así como la empresa prestadora del servicio que se dé a través de ese tendido, serán responsables, quedando a su cargo todos los daños y perjuicios ocasionados.
Art. 3°).- Para el caso de haberse constatado alguna de las irregularidades de las indicadas en el artículo precedente, el Departamento Ejecutivo podrá exigir, dentro del plazo perentorio que determine, la realización de las modificaciones necesarias tendientes a dar inmediata solución al hecho producido.
Art. 4°).- Para la implementación de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo deberá coordinar con las empresas de servicios que operen en la ciudad, a fin de determinar la ubicación de aquellos cables aéreos que puedan ser retirados y elaborar un cronograma de trabajo.
La Concejal Andrea Martínez solicita:
Art. 1º).- SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que por donde corresponda, se gestione la implementación de un Plan Integral de Mejoramiento Barrial, para ser ejecutado en Barrio Alborada, que contemple:
La Concejal Martínez solicita:
Art. 1º).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que por donde corresponda, informe sobre las gestiones realizadas por este Municipio, ante los responsables del loteo “Jardinales”, a fin de que ejecuten la obra de iluminación que ya fuera aprobada por este Concejo, en calle 105-Rivadavia, entre 62-Pittier y 58-Bosch.
La Concejal Martínez solicita:
Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal que junto al Directorio de la Caja analice la posibilidad de modificar el Inc) 3) Art. 7, de la Ordenanza 3833/14, para disminuir el porcentaje que se detrae a los jubilados municipales, que se acogieron al régimen de la jubilación hasta la categoría 15 inclusive, equiparándolos a lo establecido en el segundo párrafo del mencionado artículo.
Art. 2).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal que junto al Directorio de la Caja analice para dar cumplimiento al artículo anterior que recursos se pueden incorporar a Formación del Fondo de la Caja para compensar los recursos que se detraen.