EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3126
Art. 1).- MODIFÍCASE el Art. 20) de la Ordenanza Nº 3007/93 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 20).- En virtud de lo establecido en la Ley Orgánica Nº 2756, el Concejo Municipal fijará tarifas máximas del servicio, con la frecuencia que lo estime conveniente, las que serán comunicadas a las agencias y/o permisionarios, en forma fehaciente.
“Por su parte las agencias deberán exhibir, tanto en la sede de la administración “como en cada vehículo afectado al servicio, a la vista de los usuarios, copias de las tarifas que tengan vigentes, las que en ningún caso podrán exceder en sus valores a los máximos establecidos para el servicio por el Concejo Municipal”.
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Octubre 10 de 1996.-
M. NORMA R. de PORTMANN | ROQUE JUAN GASTALDI | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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30-12-1993 | Ordenanza N° 3007 | ||
22-05-2014 | Ordenanza N° 3810 |