EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3373
Art. 1).- INCORPÓRESE al Art. 3) de la Ordenanza 3083/95 el siguiente inciso:
“e) Juez Municipal de Faltas”.
Art. 2).- INCORPÓRESE como Art. 8bis) de la Ordenanza Nº 3083/95, el siguiente:
“Art. 8bis - Juzgado de Faltas: Serán sus funciones las derivadas de la aplicación y juzgamiento de todo tipo de infracciones, contravenciones y/o faltas a las Ordenanzas y/o Decretos y/o Resoluciones vigentes en el ámbito jurisdiccional municipal, conforme al trámite que disponga el Código Municipal de Faltas, incluidas las infracciones a las normas nacionales y/o provinciales, cuyo juzgamiento corresponda al Juez Municipal de Faltas, sin perjuicio de que establezcan un procedimiento distinto”.
Art. 3).- El “Título IV” referirá sólo a la “Secretaría de Obras y Planeamiento”, suprimíendose el término Desarrollo.
Art. 4).- DERÓGASE el Ítem III del Art. 56).
Art. 5).- DERÓGASE el inc. d) del Art. 57).
Art. 6).- DERÓGASE el Art. 72) “Departamento Desarrollo”(Sección IV).
Art. 7).- CRÉASE la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCCIÓN, dependiente del Intendente Municipal, incorporándolo como inc. f) del Art. 1).
Art. 8).- INCORPÓRESE como Art. 8) ter el siguiente:
Serán funciones de la Subsecretaría de la Producción:
I) Promoción y Desarrollo:
a. Relevamiento de las Empresas de la ciudad de Esperanza.
b. Asesoramiento y presentación de proyectos para modernización e innovación tecnológicas.
c. Programa y cursos especiales dirigidos al nivel gerencial de las empresas.
d. Búsqueda de espacios que permitan fortalecer a nuestras empresas, mantener sus actuales estructuras de trabajo y promover asociaciones complementarias para evolucionar con más posibilidades en mercados competitivos.
e. Promover el desarrollo de las distintas actividades económicas y productivas de la ciudad y la región.
f. Encausar proyectos tendientes a incrementar el consumo y venta de productos de fabricación local.
g. Brindar asesoramiento sobre aspectos legales, impositivos, aduaneros, cambiarios y de control de calidad en relación a las operaciones comerciales.
h. Organizar actividades de capacitación con la participación de empresarios, comerciantes y responsables de las distintas áreas del quehacer productivo de la región.
i. Apoyar y promover la participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales.
j. Organizar misiones comerciales al exterior, como así también recibir y asesorar a las misiones extranjeras que visiten nuestra ciudad.
II) Comercio exterior:
a. Promover campañas de promoción con países limítrofes y aplicación de nuevos métodos dirigidos especialmente al empresariado.
b) Relacionamiento con cámaras empresariales y expositoras.
c. Análisis de indicadores estadísticos de comercio internacional.
d. Asesoramiento sobre legislación en comercio exterior.
III) Investigación de mercados:
IV) Servicios especiales:
V) Fomento de la actividad productiva y el empleo:
Art. 9).- A los efectos de la remuneración incorpórase al Art. 1) inc. b) de la Ordenanza 2926/95, el cargo de Subsecretario de la Producción.
Art. 10).- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias, que se derivan de la aplicación de la presente.
Art. 11).- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a efectuar un texto ordenado de la Ordenanza Nº 3083/95
Art. 12).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Noviembre 13 de 2003.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | ANA M. G. de ROCHA | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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25-08-1992 | Ordenanza N° 2926 | ||
16-11-1995 | Ordenanza N° 3083 | ||
10-02-2016 | Ordenanza N° 3873 |